Socios fundadores:
Publicado: Lun Dic 12, 2005 5:16 pm
Estimados amigos.
He estado leyendo algunas documentaciones sobre la constitución de la asociación y existe un problema para que las personas que no residen en España sean socios fundadores por lo que tendrían que ser admitidos como socios después de constituirse la asociación.
De todas formas esto es un mero formalismo por que a efectos prácticos tendrían los mismos derechos que cualquier otro socio desde el principio, incluido el voto para los estatutos y a la junta directiva.
Otra gran pega es que no podrán ocupar puestos en la junta directiva por que es requisito indispensable acudir a las sesiones de la misma y evidentemente no podrán hacerlo.
En un futuro podríamos intentar cambiar esto, pero no en este momento por que podría eternizarse la constitución de la asociación.
Espero que los socios de fuera de España sepan disculpar este inconveniente.
Por otra parte quienes quieran ser socios fundadores tendrán que acudir personalmente a la asamblea de fundación que se celebrará en Bormujos en una fecha que ya fijaremos a primeros de año o bien avisando antes de esta asamblea, firmar los documentos en fechas inmediatamente posteriores en Málaga. Es fundamental que nadie diga que sí y luego no aparezca por que podría obligarnos a repetir toda la documentación incluidas las firmas de todos los socios.
Es obligatorio que todos los socios fundadores aporten una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residentes si no son españoles.
Quienes no puedan desplazarse serán admitidos como socios inmediatamente después de la constitución.
También es requisito imprescindible ser socio fundador para formar parte de la primera junta de gobierno ya que entre los documentos que se firman está el nombramiento de la misma.
En otro post hablaremos de la elección, candidaturas...
Hasta pronto.
He estado leyendo algunas documentaciones sobre la constitución de la asociación y existe un problema para que las personas que no residen en España sean socios fundadores por lo que tendrían que ser admitidos como socios después de constituirse la asociación.
De todas formas esto es un mero formalismo por que a efectos prácticos tendrían los mismos derechos que cualquier otro socio desde el principio, incluido el voto para los estatutos y a la junta directiva.
Otra gran pega es que no podrán ocupar puestos en la junta directiva por que es requisito indispensable acudir a las sesiones de la misma y evidentemente no podrán hacerlo.
En un futuro podríamos intentar cambiar esto, pero no en este momento por que podría eternizarse la constitución de la asociación.
Espero que los socios de fuera de España sepan disculpar este inconveniente.
Por otra parte quienes quieran ser socios fundadores tendrán que acudir personalmente a la asamblea de fundación que se celebrará en Bormujos en una fecha que ya fijaremos a primeros de año o bien avisando antes de esta asamblea, firmar los documentos en fechas inmediatamente posteriores en Málaga. Es fundamental que nadie diga que sí y luego no aparezca por que podría obligarnos a repetir toda la documentación incluidas las firmas de todos los socios.
Es obligatorio que todos los socios fundadores aporten una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residentes si no son españoles.
Quienes no puedan desplazarse serán admitidos como socios inmediatamente después de la constitución.
También es requisito imprescindible ser socio fundador para formar parte de la primera junta de gobierno ya que entre los documentos que se firman está el nombramiento de la misma.
En otro post hablaremos de la elección, candidaturas...
Hasta pronto.