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El intercambio de determinadas plantas está regulado por ley, infórmate.
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Hola a todos: Poseo, para intercambio, ejemplares de habitat (ppios. de mi provincia).
Mi pregunta es la siguiente.¿existe algun impedimento legal para enviarlos por correo?.
desde ya, MUCHISIMAS GRACIAS!!
CARIÑOS. griselda
Mi pregunta es la siguiente.¿existe algun impedimento legal para enviarlos por correo?.
desde ya, MUCHISIMAS GRACIAS!!
CARIÑOS. griselda
- Yamal
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Griselda.
Intercambiar plantas de habitat, extraerlas o comerciar con ellas es malo
Espero que no vuelvas a cometer esas practicas.
YAMAL
Intercambiar plantas de habitat, extraerlas o comerciar con ellas es malo
Espero que no vuelvas a cometer esas practicas.
YAMAL
Última edición por Yamal el Mar May 30, 2006 10:06 am, editado 1 vez en total.
- Yamal
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Hola a todos:ey! Paren!!-Creo me expresé mal: Son ejemplares de mi provincia, que mi amigo Sergio cultiva. El recolecta, en el monte, las semillas (porque yo, hasta ahora, lejos de sembrar:ya me animaré!!). y asi multiplica.
Espero -en esta oportunidad- haber sido clara. Mi pregunta se debe, que tengo muchos, por lo expresado anteriormente. NO SOY UNA DESTRUCTORA!!!!
CARIÑOS.griselda
Espero -en esta oportunidad- haber sido clara. Mi pregunta se debe, que tengo muchos, por lo expresado anteriormente. NO SOY UNA DESTRUCTORA!!!!
CARIÑOS.griselda
- Yamal
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uff menos mal.
Me habias asustado chica...
bueno recoger semillas de habitat tambien es ilegal. Pero vamos, extraer plantas es lo verdaderamente dañino.
De todos modos, esas plantas que nos hablas siguen siendo ilegales en nuestro pais. Aunque no haya maldad, como si la habria si se recogieran plantas enteras del campo.
Todo eso hay que tenerlo en cuenta.
De todas maneras, deberiais intentar tramitar con los ministerios de medio ambiente de vuestros paises algunos permisos de extraccion legal de semillas porque seguro que es muy facil que todo lo que haceis sea legal y asi no solo podriais enviar esas semillas sin ningun problema, que ademas si localizais las poblaciones con GPS al enviar esas semillas, todos nosotros podriamos disponer de linajes puros de esas plantas y en caso hipotetico de necesidad de repoblacion podriamos entregar semillas o plantas con toda certeza de que son de la variedad exacta de la zona.
Hasta luego.
YAMAL
Me habias asustado chica...
bueno recoger semillas de habitat tambien es ilegal. Pero vamos, extraer plantas es lo verdaderamente dañino.
De todos modos, esas plantas que nos hablas siguen siendo ilegales en nuestro pais. Aunque no haya maldad, como si la habria si se recogieran plantas enteras del campo.
Todo eso hay que tenerlo en cuenta.
De todas maneras, deberiais intentar tramitar con los ministerios de medio ambiente de vuestros paises algunos permisos de extraccion legal de semillas porque seguro que es muy facil que todo lo que haceis sea legal y asi no solo podriais enviar esas semillas sin ningun problema, que ademas si localizais las poblaciones con GPS al enviar esas semillas, todos nosotros podriamos disponer de linajes puros de esas plantas y en caso hipotetico de necesidad de repoblacion podriamos entregar semillas o plantas con toda certeza de que son de la variedad exacta de la zona.
Hasta luego.
YAMAL
- Yamal
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- Pancho
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bueno, yo colexcto semillas..pero siempre de poblaciones anas y en bájas cantidades para el total poblacional. No es la idea cohartar la regeneración anula d euna población.
esas plantitas generadas a partir de semillas en el 98-99% de la veces están destinadas a morir, por lo que creo que es bueno rescatar de esta meurte natural a algunas y criarlas en casa, y reproducirlas sin tener que molestar nunca mas a la poblaciones naturales. Y como dice Yamal, en caso de ser necesario se peude tertar de reintroducir.
esas plantitas generadas a partir de semillas en el 98-99% de la veces están destinadas a morir, por lo que creo que es bueno rescatar de esta meurte natural a algunas y criarlas en casa, y reproducirlas sin tener que molestar nunca mas a la poblaciones naturales. Y como dice Yamal, en caso de ser necesario se peude tertar de reintroducir.
- Yamal
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Una cosa es lo que esta bien o lo que esta mal y no me cabe la duda de que ninguno de nosotros es una persona inmoral, todos nosotros somos personas buenas con objetivos globales y serios.
Pero otra cosa es la ley, y recolectar es ilegal aunque sea una poblacion enorme. No es lo mismo sacar un fruto de un Ferocactus mexicano que quitarle frutos a mammillarias raras o a ariocarpus. Sabemos que no es lo mismo, pero el caso es que ambas especies estan en CITES y es ilegal hacerlo del mismo modo.
Otra cosa es que no dudo que nadie lo haga con maldad. Ademas la maldad es la de los que sacan plantas enteras del habitat y para sacar una planta han tenido que morir otras 20 por el camino que es lo verdaderamente malo.
Eso hemos de tenerlo en cuenta.
YAMAL
Pero otra cosa es la ley, y recolectar es ilegal aunque sea una poblacion enorme. No es lo mismo sacar un fruto de un Ferocactus mexicano que quitarle frutos a mammillarias raras o a ariocarpus. Sabemos que no es lo mismo, pero el caso es que ambas especies estan en CITES y es ilegal hacerlo del mismo modo.
Otra cosa es que no dudo que nadie lo haga con maldad. Ademas la maldad es la de los que sacan plantas enteras del habitat y para sacar una planta han tenido que morir otras 20 por el camino que es lo verdaderamente malo.
Eso hemos de tenerlo en cuenta.
YAMAL
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- Ubicación: León
Hola,
El CITES no afecta a semillas ni polen de las especies del anexo 2 (excepto las especies mexicanas originarias de México). Si Argentina (o Chile para el caso de Pancho) no legislan internamente, la recogida de semilla de esas especies será perfectamente legal (no entro en si será o no moralmente ético, sobre todo para las especies que sean escasas o de baja producción de semilla). La extracción de ejemplares de hábitat SI es ilegal.
Saludos
El CITES no afecta a semillas ni polen de las especies del anexo 2 (excepto las especies mexicanas originarias de México). Si Argentina (o Chile para el caso de Pancho) no legislan internamente, la recogida de semilla de esas especies será perfectamente legal (no entro en si será o no moralmente ético, sobre todo para las especies que sean escasas o de baja producción de semilla). La extracción de ejemplares de hábitat SI es ilegal.
Saludos
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- Mensajes: 204
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Hola,
Para aclarar un poco lo del Cites: Esto es un fragmento de lo que nos afecta del texto OFICIAL del Cites:
CACTACEAE spp. 7 #4 (Excepto las especies incluidas en el Apéndice I)
7 Los especímenes reproducidos artificialmente de los siguientes híbridos y/o cultivares no están sujetos a las disposiciones de la Convención:
– Hatiora x graeseri
– Schlumbergera x buckleyi
– Schlumbergera russelliana x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera orssichiana x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera opuntioides x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera truncata (cultivares)
– Cactaceae spp. de color mutante que carecen de clorofila, injertadas en los siguientes patrones: Harrisia 'Jusbertii', Hylocereus trigonus o Hylocereus undatus
– Opuntia microdasys (cultivares).
#4 designa todas las partes y derivados, excepto:
a) las semillas, excepto las de las cactáceas mexicanas originarias de México, y el polen;
b) los cultivos de plántulas o de tejidos obtenidos in vitro, en medios sólidos o líquidos, que se transportan en envases estériles;
c) las flores cortadas de plantas reproducidas artificialmente;
d) los frutos, y sus partes y derivados, de plantas aclimatadas o reproducidas artificialmente; y
e) los elementos del tallo (ramificaciones), y sus partes y derivados, de plantas del género Opuntia subgénero Opuntia aclimatadas o reproducidas artificialmente.
.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*.*
Chile y Argentina tienen todas sus especies en el anexo 2. Como partes firmantes de esta Convención, salvo que legislen internamente prohibiendo la recogida de semillas de cactus lo cual desconozco, las semillas recogidas serán legales.
Fuente:
http://www.cites.org/esp/index.shtml
http://www.rbgkew.org.uk/data/cites.html
Para aclarar un poco lo del Cites: Esto es un fragmento de lo que nos afecta del texto OFICIAL del Cites:
CACTACEAE spp. 7 #4 (Excepto las especies incluidas en el Apéndice I)
7 Los especímenes reproducidos artificialmente de los siguientes híbridos y/o cultivares no están sujetos a las disposiciones de la Convención:
– Hatiora x graeseri
– Schlumbergera x buckleyi
– Schlumbergera russelliana x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera orssichiana x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera opuntioides x Schlumbergera truncata
– Schlumbergera truncata (cultivares)
– Cactaceae spp. de color mutante que carecen de clorofila, injertadas en los siguientes patrones: Harrisia 'Jusbertii', Hylocereus trigonus o Hylocereus undatus
– Opuntia microdasys (cultivares).
#4 designa todas las partes y derivados, excepto:
a) las semillas, excepto las de las cactáceas mexicanas originarias de México, y el polen;
b) los cultivos de plántulas o de tejidos obtenidos in vitro, en medios sólidos o líquidos, que se transportan en envases estériles;
c) las flores cortadas de plantas reproducidas artificialmente;
d) los frutos, y sus partes y derivados, de plantas aclimatadas o reproducidas artificialmente; y
e) los elementos del tallo (ramificaciones), y sus partes y derivados, de plantas del género Opuntia subgénero Opuntia aclimatadas o reproducidas artificialmente.
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Chile y Argentina tienen todas sus especies en el anexo 2. Como partes firmantes de esta Convención, salvo que legislen internamente prohibiendo la recogida de semillas de cactus lo cual desconozco, las semillas recogidas serán legales.
Fuente:
http://www.cites.org/esp/index.shtml
http://www.rbgkew.org.uk/data/cites.html
- Pancho
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- Registrado: Mié Oct 26, 2005 4:00 pm
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No hay al parecer inconveniente entonces, si se hace con criterio. No creo que los que participemos del foro tengamos malas intenciones, y si colectamos, lo hacemos con mucho respeto a natura.
david, la estimación la hago dle siguiente razonamiento:
Si por ejemplo, en una pequeña población, hay 5 palntas cativamente reproductivas, y cada planta produce unas 300 semillas, tenemos en total 1500 semillas anuales (asumeindo también que éste es el núemro pormedio de semilas que todos lo años se producen). Si en el terreno observamos no mas de 5-6 plantas de pequeño tamano similar, queire decir que representan una generación en un año cualquiera. Haciendo una regla de tres tenemos que la sobrevivencia de las plántulas generadas en un año no peude ser mayor al 2 o 3 % en su primer año de vida no? Seguro que germinan muchas más, pero no todas sobreviven más de un año o dos.
david, la estimación la hago dle siguiente razonamiento:
Si por ejemplo, en una pequeña población, hay 5 palntas cativamente reproductivas, y cada planta produce unas 300 semillas, tenemos en total 1500 semillas anuales (asumeindo también que éste es el núemro pormedio de semilas que todos lo años se producen). Si en el terreno observamos no mas de 5-6 plantas de pequeño tamano similar, queire decir que representan una generación en un año cualquiera. Haciendo una regla de tres tenemos que la sobrevivencia de las plántulas generadas en un año no peude ser mayor al 2 o 3 % en su primer año de vida no? Seguro que germinan muchas más, pero no todas sobreviven más de un año o dos.